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RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución del 26 de diciembre de 2006, por la que se formuló declaración de impacto ambiental y se otorgó autorización ambiental integrada para la implantación de explotación porcina de producción de lechones con capacidad para 2.388 plazas, en las parcelas 120, 160 y 161 del polígono 7 el T.M. de Albalate de Cinca (Huesca) y promovido por Carnes Binéfar S.A., (Número de Expediente INAGA/50020201/02/2017/6402).

Publicado el 28/11/2017 (Nº 228)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El 14 de julio de 2017 se presenta escrito en este Instituto por Carnes Binéfar S.A., con C.I.F. A-25206327, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación en base a la modificación no sustancial notificada por Resolución de 27 de marzo de 2017, de este Instituto.

Antecedentes de hecho:

Primero.- La Resolución de 26 de diciembre de 2006, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, formula declaración de impacto ambiental y se otorga autorización ambiental integrada para un proyecto de explotación porcina de producción de lechones con capacidad para 2.388 plazas, en las parcelas 120, 160 y 161 del polígono 7 el T.M. de Albalate de Cinca (Huesca) y promovido por Carnes Binefar S.A., (INAGA/ 500301/02/2005/9271).

Segundo.- Mediante Resolución de 13 de noviembre de 2007, de este Instituto, se aprueba la modificación no sustancial de dicha autorización ambiental integrada por redimensionado y redistribución del proyecto inicial, construyéndose nuevas naves con el objetivo de mejorar la bioseguridad de la instalación, manejo y bienestar animal, sin incremento de la capacidad de autorizada (Expte. INAGA/500301/02/2007/9825).

Tercero.- Mediante Resolución de 22 de junio de 2010, de este Instituto, se aprueba la modificación no sustancial de dicha autorización ambiental integrada por ampliación de la nave número 2 por necesidades de bienestar animal (Expte. INAGA/500301/02/2010/5542).

Cuarto.- Mediante Resolución de fecha 27 de marzo de 2007, de este Instituto, se aprueba la modificación no sustancial de dicha autorización ambiental integrada por incremento en el número de plazas hasta alcanzar las 864 UGM, y ampliación de las edificaciones en dos nuevas naves: nave Número 9 de gestación confirmada para 600 plazas y nave número 10 de destete de lechones. (Expte. INAGA/500202/02/2016/11030).

Quinto.- Con el escrito presentado se adjunta Proyecto básico visado incluyendo los requerimientos efectuados en la Resolución de 27 de marzo de 2017, de modificación no sustancial. Una vez revisada la información aportada por el promotor se observan deficiencias requiriéndose nueva documentación, completada con escrito de fecha 7 de septiembre de 2017.

Sexto.- Solicitado informe a la Dirección general de Alimentación y Fomento Agroalimentario, acerca de aquellos aspectos que sean de su competencia, se recibe informe favorable de fecha 10 de octubre de 2017.

Séptimo.- Revisada la ubicación de la explotación mediante Sistemas de Información Geográfica, se verifica que la explotación se sitúa en las parcelas 119, 120, 159, 160 y 161 del polígono 7 de Albalate de Cinca (Huesca).

Fundamentos jurídicos:

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales; el Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 26 de diciembre de 2006, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la se formula declaración de impacto ambiental compatible y se otorga autorización ambiental integrada para proyecto de explotación porcina de producción de lechones con capacidad para 2.388 plazas, en las parcelas 120, 160 y 161 del polígono 7 del T.M. de Albalate de Cinca (Huesca) y promovido por Carnes Binéfar S.A., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 2 de la resolución queda sustituido por lo siguiente:

"2. Otorgar la autorización ambiental integrada a Carnes Binéfar, S.A., con C.I.F: A-25.206.327 para la instalación de una explotación porcina de madres con capacidad hasta 2.880 plazas (equivalentes a 864 UGM), ubicada en polígono 7, parcelas 119,120,159,160 y 161 del T.M. de Albalate de Cinca (Huesca), con coordenadas UTM-ETRS 89 huso 30, XM =765.179; YM = 4.627.701. La autorización se otorga con el siguiente condicionado:".

El punto 2.1 de la resolución queda sustituido por lo siguiente:

"2.1. Las instalaciones proyectadas se corresponden con: Nave 1 (gestación inicial-cubrición) de 77,50 x 25,5 m; Nave 2 (gestación confirmada) de 134 x 25,5 m; Nave 3 (salas de parto) de 128 x 24 m; Nave 4 (salas de destete de lechones) 105,5 x 24; Nave 5 (salas de destete de lechones) de 71,5 x 19; Nave 6 (cuarentena) de 26,5 x 8,4; Nave 7 cuarentena) de 26,5 x 8,4; Nave 8 (cuarentena) de 26,5 x 8,4; Nave 9 (maternidad, gestación confirmada y cubrición) 100 x 26,5 m; Nave 10 (salas de destete) 59 x 19 m; Oficina-vestuarios-aseos. Almacén; Fosa de cadáveres número 1 con capacidad de 32 m³ y Fosa de cadáveres número 2 con capacidad de 50 m³; Fosa de purines de 5400 m³ de capacidad con unas dimensiones en planta superior de 62 x 26,4 m y 3,9 m de profundidad; Badén de desinfección y vallado perimetral con malla metálica"

El punto 2.5 de la resolución queda sustituido por lo siguiente:

"2.5. El volumen anual estimado de deyecciones ganaderas producidas en la instalación, de acuerdo a los índices incluidos en el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas, será de 19.885 m³, con un contenido en nitrógeno de 51.840 kg. El sistema de gestión de los estiércoles previsto es de tipo mixto, por un lado la aplicación directa a la agricultura como fertilizante orgánico y por otro la entrega a gestor autorizado de Sandach. El promotor aporta una superficie agraria útil de 237,23 ha de regadío, de la que ya se ha descontado la superficie en barbecho y en retirada. En caso de que se planteara la sustitución de algunas parcelas, deberá notificarse esta circunstancia con antelación ante el Servicio Provincial de Medio Ambiente, acreditándose en todo caso de forma suficiente la relación entre las nuevas superficies agrícolas a incorporar y la capacidad de asimilación de los estiércoles fluidos. Se deberá contar también con contrato vigente con gestor autorizado".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 31 de octubre de 2017.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL